El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emitió la RND N° 102600000035, abrogando la norma que obligaba a los hoteles y hospedajes a enviar información periódica sobre sus servicios. Aunque alivia la carga administrativa, el fisco mantendrá intactas sus facultades de fiscalización.
Tras una evaluación técnica y jurídica, el SIN determinó que mantener este reporte constante ya no resulta operativo. Sin embargo, la institución aclaró que esto no limita sus competencias para realizar controles, verificaciones o investigaciones habituales a las empresas del sector.
📅 Último envío obligatorio
A pesar de la anulación, los establecimientos de hospedaje deben cumplir con una última disposición transitoria antes del cese definitivo de la norma:
- Período a reportar: Se debe enviar obligatoriamente la información del bimestre julio-agosto de 2026.
- Forma de cumplimiento: Debe realizarse bajo los plazos y medios establecidos en la anterior normativa (RND N° 102000000030).
Esta resolución entró en vigencia inmediata a partir de su publicación oficial. Para los operadores turísticos y hoteleros, la medida representa una simplificación en sus trámites mensuales frente al fisco.
Fuente: https://www.impuestos.gob.bo/wp-content/uploads/2026/09/RND-1026000000035.pdf


